BANDO DE ALCALDÍA SOBRE USO, CONVIVENCIA Y PROTECCIÓN DE LAS PLAYAS

Recoge normas en cuanto a compromiso con el entorno natural, convivencia y respeto ciudadano, seguridad y orden en la costa, navegación y seguridad marítima, y atención al ciudadano

La alcaldesa de Sanlúcar, Carmen Álvarez, ha dictado un bando sobre uso, convivencia y protección de las playas con motivo de la temporada veraniega dirigido a toda la ciudadanía.

El bando comienza indicando que “nuestras playas son el mayor tesoro natural de Sanlúcar. Son espacios de encuentro donde conviven el descanso, el deporte, nuestras tradiciones y un ecosistema único que debemos legar a las próximas generaciones”. A fin de que “esta convivencia sea posible y todos podamos disfrutar de una costa limpia, segura y acogedora”, la Alcaldía apela a la “responsabilidad compartida” y recuerda las siguientes normas de uso:

1. Compromiso con el entorno natural.

Residuos y Limpieza: La playa es un espacio libre de basura. Por favor, utiliza las papeleras y contenedores habilitados. Queda prohibido arrojar cualquier tipo de residuo, incluyendo colillas, plásticos o restos de comida, tanto en la arena como en el agua.

Protección del ecosistema: Nuestras playas forman parte de un entorno sensible. Se prohíbe la realización de barbacoas, fogatas o cualquier fuente de calor que pueda generar riesgos de incendio o contaminación por cenizas.

Uso responsable del agua: Ante la situación de escasez hídrica, las duchas y lavapiés son servicios esenciales para la higiene, no elementos de juego. Se prohíbe el uso de jabones, geles o champús, ya que sus componentes dañan el medio marino.

2. Convivencia y respeto ciudadano.

Animales de compañía: Para garantizar la higiene y la salubridad pública durante la temporada de baño, no se permite la presencia de animales en las playas (salvo perros guía o de asistencia). En el caso de eventos deportivos autorizados que incluyan animales, los entrenamientos deberán concluir estrictamente antes de las 09:00 horas. 

Como novedad para esta temporada 2026, y con el objetivo de conciliar el derecho al disfrute del litoral de todos los ciudadanos con el bienestar de sus animales de compañía, este Ayuntamiento habilita una zona específica para el acceso y estancia de perros en la Playa de Bonanza, concretamente en el tramo adyacente al muelle pesquero.

El uso de esta zona estará sujeto a las siguientes normas de obligado cumplimiento para garantizar la salubridad y la seguridad:

Control y vigilancia: Los animales deberán estar en todo momento bajo el control de sus dueños. Aquellos perros calificados como potencialmente peligrosos deberán circular con bozal y correa corta, conforme a la normativa vigente.

Higiene y limpieza: Es obligatorio recoger de forma inmediata los excrementos y depositarlos en los contenedores habilitados. El incumplimiento de esta norma será objeto de sanción, velando por el mantenimiento de las condiciones de salubridad de la arena.

Documentación: Los propietarios deberán portar la cartilla sanitaria del animal y el documento de identificación (microchip) en vigor.

Respeto al entorno: Se recuerda que esta zona linda con el muelle pesquero, por lo que se ruega especial diligencia para no interferir en la actividad profesional de la zona.

Descanso y sonido: La playa es un lugar de relax. El uso de aparatos de música o altavoces debe mantenerse en niveles que no molesten a los demás. La Policía Local podrá requerir la desconexión de equipos que excedan los límites de la convivencia normal.

Actividades deportivas: Los juegos de pelota, palas u otros deportes deben realizarse en las zonas señalizadas o de manera que no supongan un riesgo ni molestia para quienes descansan cerca de la orilla.

3. Seguridad y orden en la costa.

Vehículos: Queda prohibida la circulación y el estacionamiento de cualquier vehículo a motor o ciclomotor en la arena, salvo los servicios de emergencia, limpieza y aquellos expresamente autorizados.

Pesca y marisqueo: Para evitar accidentes con los bañistas, la pesca desde la orilla solo podrá realizarse entre las 21:00 y las 09:00 horas, siempre contando con la licencia en vigor.

Acampada: No está permitida la acampada ni la instalación de estructuras estables (tiendas, carpas cerradas o habitáculos similares) para pernoctar o establecerse de forma permanente durante el día.

Venta ambulante: Solo se permite la venta realizada por personas y empresas con autorización municipal, garantizando así la calidad y seguridad de los productos.

4. Navegación y seguridad marítima

Zonas de baño: Por seguridad, las embarcaciones y motos náuticas tienen prohibida la entrada en las zonas de baño debidamente balizadas. El acceso al mar debe hacerse exclusivamente por los canales autorizados a una velocidad máxima de 3 nudos.

Motos náuticas: Deberán cumplir con toda la normativa de matriculación y seguro. Se recuerda especialmente la prohibición total de navegación de motos náuticas durante la celebración de las carreras de caballos en la Playa, en cumplimiento de las disposiciones de seguridad de Capitanía Marítima.

5. Atención al ciudadano.

El personal al servicio de las playas está a su disposición para ayudarle. Si desea colaborar en la mejora de nuestras playas, dispone de un sistema de quejas, sugerencias y encuestas de satisfacción en los módulos de atención y en la sede electrónica del Ayuntamiento.

Sanlúcar, a 16 de junio de 2026