Ayudas de Emergencia Social

Son aquellas ayudas económicas individualizadas, de pago único o periódico que procuran paliar situaciones críticas destinadas a apoyar, de manera urgente, situaciones que no puedan ser afrontadas por la unidad convivencial.
 
A criterio profesional se podrán otorgar Ayudas de Emergencia Social a personas y familias que no pudiendo ser resuelta a través de Ayudas Económicas Familiares por no existir menores en riesgo social, ni a través de un pago único, por tratarse de una necesidad que se prolonga en el tiempo, precisan dentro de un plan de intervención de apoyo económico periódico.
 
NECESIDADES QUE SATISFACEN
Falta de cobertura mínima de necesidades primarias de carácter personal: alimentación y vestimenta.

  • Pérdida de alojamiento o enseres personales básicos como consecuencia de catástrofes.
  • Otras situaciones de necesidad cuya atención favorezca la intervención de los SSC. Teniendo en cuenta el carácter complementario de la prestación.

 
OBJETIVO
Cubrir contingencias extraordinarias.
 
CONCEPTOS DE LAS A. E. S.

  • Alimentos: en especie y/o dinerarias.
  • Gastos de Vivienda:
  • Alquiler-hipoteca. Recibos de luz, agua, basura.
  • Compra de muebles y electrodomésticos.
  • Atrasos de las cotizaciones a la  Seguridad Social.
  • Medicamentos.
  • Ropa y enseres