AYUDA MUNPAL. DESTINADA A PALIAR EL IMPACTO ECONOMICO DERIVADO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19

El pasado día 18 de mayo, se aprobaron las bases reguladoras (aún pendiente de publicación en el BOP de Cádiz) de la ayuda municipal destinadas a paliar el impacto económico derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 cuyo plazo de solicitud permanecerá abierto desde la fecha de entrada en vigor con su publicación en el BOP, hasta el próximo día 15 de julio del 2020

Esta ayuda, tienen por finalidad un apoyo público, dirigida a garantizar a las empresas y autónomos de nuestra Ciudad, liquidez que les permita contrarrestar el daño que están sufriendo ,de forma que se preserve su continuidad y garantizar la reapertura una vez se supere el brote de COVID-19. Se pretende con estas ayudas llevar a cabo medidas de apoyo al tejido económico que eviten, en la medida de lo posible, el cierre de pequeños comercios y Micropymes y en consecuencia el aumento del desempleo en la localidad, y por consiguiente el incremento del riesgo de exclusión social de estos colectivos, colaborando también con los agentes sociales en la creación de riqueza y en el fomento del desarrollo empresarial en nuestro término municipal, incentivando, así el autoempleo, y la consolidación de las pequeñas empresas sanluqueñas etc.

El importe de la subvención individual (400 euros) que se conceda, justificada mediante facturas o recibos con justificante bancario del pago, de los gastos a los que se ha tenido que hacer frente desde el 01 de febrero y que en su conjunto superen los 500 euros sin IVA.

¿Qué gastos cubre?: fundamentalmente entre otros, los importes pagados del alquiler del local, los  de los contratos  de suministros de agua, basura  y luz, mascarillas, gel hidroalcohólicos, compras de mercaderías y aprovisionamientos, teléfono o Internet ,gastos de reparaciones y conservación, transportes, primas de seguros, publicidad y propaganda específicamente referidos al establecimiento.

Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas o ingresos que se otorguen para la misma finalidad procedente de cualquier Administración, nacional o de la Unión Europea, siempre que el importe no supere el coste de la actuación incentivada.

Requisitos:

  • Serán beneficiarios los autónomos o Micropymes (empresas de hasta 10 trabajadores) con sede en Sanlúcar de Barrameda, que estando dadas de alta en su actividad hayan visto afectada con el cierre de sus establecimientos o locales con la declaración del estado de alarma.
  • Los posibles beneficiarios, que estén dados de alta en dos o más epígrafes del IAE, podrán ser beneficiarios siempre que se hayan visto obligados a suspender todas las actividades que llevaban a cabo en el local para el que solicitan la ayuda.

Para cualquier aclaración de la convocatoria se podrán dirigir a  la Unidad de Fomento de empresas, vía a mail al correo electrónico de la misma: fomentodeempresas@gmail.com y en el teléfono 956380104.