30 PLAZAS PARA EL MINISTERIO DE DEFENSA: MILITARES DE FORMACIÓN, MEDIANTE FORMAS DE INGRESO DIRECTO Y PROMOCIÓN, SIN EXIGENCIA DE TITULACIÓN UNIVERSITARIA PREVIA, INCORPORACIÓN COMO MILITAR DE CARRERA A LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO MILITAR DE SANIDAD
Convocatoria de procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.
Titulación Requerida: Bachillerato
Requisitos: 1. Para ser admitidos en cada uno de los procesos de selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en las fechas indicadas y mantenerlos hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación: 1.1 El día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 1.1.1 Requisitos generales: a) Poseer la nacionalidad española. b) Tener cumplidos o cumplir en el año en curso los dieciocho (18) años de edad, y no cumplir ni haber cumplido en el año 2020 las siguientes edades máximas: – Ingreso directo: sin límite de edad máxima. – Promoción para cambio de escala y cambio de cuerpo: 27 años. c) No estar privado de los derechos civiles. d) Carecer de antecedentes penales. e) No hallarse procesado, imputado, investigado o encausado en algún procedimiento judicial por delito doloso. f) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas. g) No haber causado baja en un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre. h) No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas. i) No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre. j) En el caso de haber dado positivo en la detección de sustancias psicotrópicas o drogas, en la analítica que en el seno de un proceso de selección anterior le hubiera sido practicada, deberá haber transcurrido un periodo de un año, contado a partir de la fecha de exclusión. k) El personal militar profesional no debe haber dado positivo en las pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas que se le hubieran realizado dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes. l) No tener anotadas con carácter firme en vía administrativa, en su historial militar individual, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves. 1.1.2 REQUISITOS ESPECÍFICOS. 1.1.2.1 Procesos de selección para ingreso directo. Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino de los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades, a excepción de los especiales y de educación física, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre (BOE número 270, de 8 de noviembre), por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo (BOE número 132, de 31 de mayo). 1.1.2.2 Procesos de selección para ingreso por promoción. a) Encontrarse en la situación de servicio activo o de excedencia por razón de violencia de género. b) No superar el número máximo de tres convocatorias ordinarias y dos extraordinarias, en un mismo proceso de selección de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo, punto 2 del Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero. c) Haber cumplido los siguientes tiempos de servicio en su escala, en la fecha de incorporación al centro docente militar de formación correspondiente, manteniendo hasta la misma las condiciones habilitantes que le dan derecho sobre las plazas a las que opta: – Suboficiales: Un (1) año, contado desde su incorporación a la Escala de Suboficiales. – Militares de tropa y marinería: Un (1) año, contado desde su incorporación a la Escala de Tropa o Marinería. d) El personal militar que tenga establecida su relación de servicios profesionales mediante compromisos de carácter temporal, deberá tenerlo en vigor en la fecha de incorporación al centro docente militar de formación. e) Estar en posesión de un perfil en el idioma inglés con un grado de conocimiento de al menos 1 (uno) en todos los rasgos que lo conforman, obtenido en las condiciones establecidas en la Orden Ministerial 64/2010, de 18 de noviembre, y en la normativa que la desarrolla. Los aspirantes que no posean el perfil lingüístico citado, deberán realizar y superar la prueba de lengua inglesa descrita en la base décima 2.1. En el caso de que el aspirante no supere la puntuación mínima será excluido del proceso de selección por no cumplir el requisito de nivel lingüístico. 1.2 El día 31 de julio. Haber superado una de las siguientes pruebas, o bien tener acreditada la correspondiente titulación, en función del proceso de selección para el que solicite ser admitido: i. Ingreso directo: – Prueba de acceso a la universidad (PAU), establecida en el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con anterioridad a su modificación por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. – Evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad (EvAU), regulada por el artículo 36 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con atención a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013. A los aspirantes que aporten la PAU o la EvAU de años anteriores y se hayan presentado en 2020 a los exámenes convocados de la EvAU para subir la nota de admisión, solo se les tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas en la convocatoria ordinaria. ii. Ingreso por promoción: – Prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (PAU). – Evaluación de Bachillerato para acceso a la Universidad (EvAU). – Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años a la que hace referencia el artículo 69.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. – Título de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o Técnico Deportivo Superior a que se refieren los artículos 44, 53 y 65 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o títulos equivalentes. * PARA MÁS INFORMACIÓN CONSULTAR BASES.
Organismo: Ministerio de Defensa
Plazas: 30
Plazo: 25/06/2020
Observaciones: * SOLICITUDES: Solicitud de admisión. Apéndice 1. Para ser admitidos a los procesos de selección, las personas aspirantes deberán cumplimentar la solicitud de admisión con certificado electrónico al proceso de selección en el que se desee participar, directamente sobre la página web https://sede.defensa.gob.es/acceda (Procedimientos, Procesos Selectivos), utilizando cualquiera de los métodos de identificación aceptados en la plataforma cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente). En la citada sede electrónica, una vez cumplimentado el formulario de solicitud y haber anexado la documentación requerida, los aspirantes procederán a firmar electrónicamente la solicitud enviándola al Registro electrónico del Ministerio de Defensa, que le proporcionará el correspondiente acuse de recibo. * ÁREA DE RECLUTAMIENTO EN CÁDIZ: Paseo de Carlos III, 7, 11003 (CÁDIZ), TFNO. 956.21.04.21, FAX: 91.384.02.67. * PLAZO DE SOLICITUDES: El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Convocatoria: Enlace a convocatoria en el BOE
Fuente: BOE nº 157 de 04/06/2020 (Pág.37113)