Ayudas Municipales a la Creación y Consolidación de Empresas y Fomento del Empleo Estable, convocatoria 2020

El 20 de enero del presente año 2020, en el BOP de Cádiz núm. 12 se han publicado las Bases reguladoras de las ayudas municipales a la CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS 2020 y FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE 2020, cuyo plazo de solicitud permanecerá abierto desde el día 21 de enero, hasta el próximo día 30 de octubre del 2020 y 9 de octubre del 2020 respectivamente.

Dichas ayudas, dan continuidad a las vigentes desde hace ya años, y que en el caso de la Ayuda a la Creación y Consolidación de Empresas, es de aplicación para aquellos proyectos, actividades o actuaciones empresariales  y profesionales que a la fecha de la convocatoria no estén iniciados o iniciados desde el 26 de octubre de 2019 hasta el final  de la presente convocatoria, y que aperturen establecimientos para el ejercicio de actividades permanentes y de carácter estables  y continuas, entendiendo por tales las que se establecen en locales en edificios tanto industriales,  profesionales, comerciales o de servicios, que precisen de declaración responsable o licencia municipal de apertura en su caso, o justifiquen mediante certificado expedido por organismo competente el no  precisar de dichas licencias, siendo esta una de las novedades para el presente ejercicio. De igual forma y dentro de esta ayuda, se incentivara el traslado de una  actividad ya iniciada a un nuevo local siempre que se justifique su necesidad y haya trascurrido más de tres años desde el inicio de dicha actividad por el empresario o autónomo, la ampliación de las empresas que con la apertura de nuevos establecimientos creen nuevos empleos., y la consolidación de las empresas o profesionales reseñadas en los puntos anteriores, que con más de 3 años desde su creación, necesiten realizar inversiones  para su mantenimiento.

 Se aumentan los importes subvencionados, y se crea una nueva categoría para ofrecer más cobertura a los emprendedores, quedando dichos importes de la siguiente manera:

Ayudas a la creación, ampliación y traslado:

1.- Ayuda de importe de setecientos cincuenta euros (750€), para proyectos o actuaciones con presupuestos iguales o superiores a 1.000 euros e inferiores a 1900 euros IVA incluido.

2.- Ayuda  de importe de mil quinientos euros (1500 €), para proyectos o actuaciones con presupuestos iguales o superiores a 1900 euros e inferiores a 2550 euros IVA incluido.

3.- Ayuda  de importe de dos mil  euros (2000 €), para proyectos  o actuaciones con presupuestos superiores a 2550 euros IVA incluido.

Ayudas a la consolidación:

4.- Ayuda del 80 % del  importe de las inversiones realizadas con un importe  mínimo de quinientos euros  sin IVA (500 €) y con una  ayuda máxima de dos mil euros  (2000 €), destinado proyectos o actuaciones realizadas por las empresas y profesionales  con más de tres años de antigüedad.

En cuanto a la AYUDA AL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE 2020, se mantienen las dos líneas existentes aumentando los importes de ambas que quedan de la siguiente forma:

Línea A dirigida a fomentar la contratación indefinida o fija discontinua, y la transformación de contratos temporales en contratos indefinidos de los trabajadores pertenecientes a los colectivos de discapacitados, mayores de más de 45 años, parados de larga duración, mujeres con sentencia en violencia de género, jóvenes menores de 30 años en búsqueda de su primer empleo, con unos importes por ayuda de 2.400 euros para trabajadores contratados a jornada completa, y de 1.200 euros para contratos realizados a tiempo parcial con una duración mínima de 20 horas semanales realizados desde el 2 de Octubre de 2019 en el municipio de Sanlúcar de Barrameda ; y en su

Línea B con un importe de 1.800 euros para los contratos indefinidos o transformados en indefinido, realizados a jornada completa con carácter general y que no pertenezcan a ninguno de los colectivos incluidos en la línea A, y de 900 euros para el mismo tipo de contratos realizados a tiempo parcial con una duración mínima de 20 horas semanales.

NOTA: Aquellos empresarios que deseen solicitar la Ayudas publicadas, y cuyo objeto subvencionable se haya producido en el periodo comprendido desde la finalización de la convocatoria 2019, y la publicación de convocatoria 2020 (20 de enero de 2020), dispondrán de tres meses para realizar la solicitud de dicha ayuda, o sea hasta el 21 de abril de 2020.

   Para cualquier aclaración de la convocatoria se podrán dirigir a  la Unidad de Fomento de empresas, 2ª planta del edificio de fomento económico, sito en Calle Manuel de Diego Lora, núm. 8 de nuestra localidad o solicitando la documentación vía a mail al correo electrónico de la misma: fomentodeempresas@gmail.com y en el teléfono 956380104.