Ayudas Económicas Familiares

Siendo una prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios, se consideran un recurso complementario que debe estar integrado en un proyecto de Intervención Familiar. Se conceden a familias para la atención a las necesidades básicas de los menores a su cargo, cuando carecen de recursos económicos suficientes para ello, con el fin de evitar el internamiento del menor y posibilitar su integración en el entorno familiar y social.
 
Regulada en la Orden  de 13 de abril de 1998
 
NECESIDADES QUE TIENDEN A SATISFACER

  • Ausencia de recursos económicos de la familia, cuando ello suponga riesgo para los menores.
  • Incapacidad de la familia para el mantenimiento  de  los menores en su entorno.
  • Retorno de los menores a su medio familiar y /o normalizado.
  • Apoyo a las familias en tratamiento psico-social incluidas en programas de Servicios Sociales.

 
DESTINATARIOS
Son ayudas dirigidas a familias que carecen de recursos económicos para cubrir las necesidades básicas de los menores. Pueden ser monetarias o en especie (alimentación lácteo – farmacéutica, ayudas de comedor, etc.). Suelen ser de carácter periódico.
 
CRITERIOS PARA SU CONCESIÓN

  • Situación excepcional de desprotección del menor y necesidad de intervención para evitar un deterioro grave de la situación familiar.
  • Que la protección del menor no pueda ser afrontada por la familia con sus propios medios.
  • Contribución a superar la situación de desprotección del menor en base al compromiso de la familia, según sus posibilidades de cambio.
  • El criterio económico, que regirá la concesión o denegación de la A.E.F. a menores se determinará en base a la Renta Familiar suficiente o insuficiente para cubrir las necesidades básicas de los menores y se calculará de la siguiente forma; a la totalidad de los ingresos familiares se le descontarán los gastos  relacionados con la vivienda (hipoteca o alquiler), gastos relacionados con deudas contraídas de primera necesidad. Si la Renta Familiar resultante es inferior a 350€ mensuales la familia será susceptible de concesión de la A.E.F. a menores.

 
TIPOS DE AEF.
Las ayudas Económicas Familiares se pueden otorgar en dinero o en especie, tanto en un solo pago, como con continuidad en el tiempo programado en el proyecto de intervención.
 
OBJETIVO  DE LAS A.E.F.

  • Cubrir necesidades básicas de los menores.
  • Prevención, reducción o suspensión de los factores que generan situaciones de dificultad social para los menores.
  • Evitar la institucionalización de los menores.
  • Posibilitar la integración del menor en su entorno familiar y social.

 
CONCEPTOS

  • Alimentación Lacto-farmacéutica y pañales
  • Ayudas Comedor
  • Alimentos (en especie).
  • Dinerarias
  • Aula Matinal
  • Guardería- Ludo teca
  • Transporte de un menor
  • Apoyo psico-socio-educativo.