Ayudas Económicas Familiares
Siendo una prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios, se consideran un recurso complementario que debe estar integrado en un proyecto de Intervención Familiar. Se conceden a familias para la atención a las necesidades básicas de los menores a su cargo, cuando carecen de recursos económicos suficientes para ello, con el fin de evitar el internamiento del menor y posibilitar su integración en el entorno familiar y social.
Regulada en la Orden de 13 de abril de 1998
NECESIDADES QUE TIENDEN A SATISFACER
- Ausencia de recursos económicos de la familia, cuando ello suponga riesgo para los menores.
- Incapacidad de la familia para el mantenimiento de los menores en su entorno.
- Retorno de los menores a su medio familiar y /o normalizado.
- Apoyo a las familias en tratamiento psico-social incluidas en programas de Servicios Sociales.
DESTINATARIOS
Son ayudas dirigidas a familias que carecen de recursos económicos para cubrir las necesidades básicas de los menores. Pueden ser monetarias o en especie (alimentación lácteo – farmacéutica, ayudas de comedor, etc.). Suelen ser de carácter periódico.
CRITERIOS PARA SU CONCESIÓN
- Situación excepcional de desprotección del menor y necesidad de intervención para evitar un deterioro grave de la situación familiar.
- Que la protección del menor no pueda ser afrontada por la familia con sus propios medios.
- Contribución a superar la situación de desprotección del menor en base al compromiso de la familia, según sus posibilidades de cambio.
- El criterio económico, que regirá la concesión o denegación de la A.E.F. a menores se determinará en base a la Renta Familiar suficiente o insuficiente para cubrir las necesidades básicas de los menores y se calculará de la siguiente forma; a la totalidad de los ingresos familiares se le descontarán los gastos relacionados con la vivienda (hipoteca o alquiler), gastos relacionados con deudas contraídas de primera necesidad. Si la Renta Familiar resultante es inferior a 350€ mensuales la familia será susceptible de concesión de la A.E.F. a menores.
TIPOS DE AEF.
Las ayudas Económicas Familiares se pueden otorgar en dinero o en especie, tanto en un solo pago, como con continuidad en el tiempo programado en el proyecto de intervención.
OBJETIVO DE LAS A.E.F.
- Cubrir necesidades básicas de los menores.
- Prevención, reducción o suspensión de los factores que generan situaciones de dificultad social para los menores.
- Evitar la institucionalización de los menores.
- Posibilitar la integración del menor en su entorno familiar y social.
CONCEPTOS
- Alimentación Lacto-farmacéutica y pañales
- Ayudas Comedor
- Alimentos (en especie).
- Dinerarias
- Aula Matinal
- Guardería- Ludo teca
- Transporte de un menor
- Apoyo psico-socio-educativo.