PROTOCOLO EN EL TANATORIO Y CEMENTERIO DE SANLÚCAR
El Tanatorio y Cementerio de Sanlúcar, tras la publicación el pasado 3 de mayo de la orden ministerial por la que se flexibilizan determinadas restricciones sociales y se determinan las condiciones de desarrollo de actividades comerciales y de hostelería, y ante la preocupación de muchos ciudadanos por las restricciones en relación los servicios funerarios, informa de las iniciativas que se van a adoptar de ahora en adelante.
• FASE 0 (Preparación) del 29 abril al 10 mayo
- Durante esta fase se continuará prestando los servicios de incineración e inhumación sin velatorio y con presencia exclusivamente de 3 familiares directos de conformidad con lo dispuesto en la “Orden SND/298/2020, de 29 de marzo.
- El Cementerio permanece cerrado para visitas, pero continúa desarrollando su actividad para inhumaciones.
- No se celebran actos de culto.
• FASE 1 (Inicial). Fecha estimada de inicio del 11 mayo al 24 mayo, sujeta a la aprobación de la oportuna orden ministerial:
- Se inicia la prestación del servicio de velatorios con una afluencia máxima de 10 personas en zonas interior.
- Comienzan los actos de culto en la Capilla con el límite de aforo 30%, límite de 30 personas.
- El Cementerio permanece cerrado para visitas por las limitaciones de movilidad, no así para las inhumaciones.
- Se comenzaría a prestar servicio de catering (café) sólo en las salas de velatorio.
• FASE 2 (Intermedia). Fecha estimada de inicio del 25 mayo al 7 junio, sujeta a la aprobación de la oportuna orden ministerial:
- Se continuaría prestando servicio de velatorio con las limitaciones de personas indicadas.
- Los actos de culto se celebrarían con incremento hasta el 50 % de aforo, es decir hasta las 50 personas
- El Cementerio estaría abierto en horario de 08.00 a 20,00 horas para visitas, inhumaciones, exhumaciones, etc.
- La cafetería comenzaría a prestar servicio en su interior con las limitaciones que se establezcan.
• FASE 3 (Avanzada).Fecha estimada de inicio del 8 junio al 21 junio, sujeta a la aprobación de la oportuna orden ministerial:
- Se continuaría con todos los servicios que se prestan en nuestras instalaciones, con las limitaciones o condiciones que se establezcan.
En el caso de que las autoridades competentes cambiasen alguna instrucción, los citados protocolos se adecuarían y se informaría a los ciudadanos.
Sanlúcar de Barrameda, martes 5 de mayo de 2020